¿Estás pensando en dejar tu trabajo?
Este artículo te ayudará a saber todo lo que necesitas antes de tomar la decisión.

El Convenio colectivo exige que preavises tu baja voluntaria a la empresa con una cantidad de días naturales que dependerá de dónde trabajes, en concreto de lo que marque el Convenio colectivo de la provincia donde prestes servicios. Por ejemplo:

  • Madrid: 15 días naturales
  • Barcelona, Tarragona y Gerona: 15 días naturales, salvo que la empresa tenga una plantilla inferior a once trabajadores/as, incluido el dimisionario, en que el plazo de preaviso será de un mes. (y ojo que también afecta según categoría)
  • Islas Baleares: a. 30 días naturales para personal de jefatura y subjefatura de departamento. b. 15 días naturales el resto de trabajadores.
  • Sevilla: 7 días naturales

¡Por ello resulta fundamental que acudas a la pestaña de «Convenios colectivos» y descargues el tuyo! Ya que como has podido comprobar, el convenio lo cambia todo.

Recuerda que sería nula la cláusula del contrato que estableciese un periodo de preaviso de dimisión superior que el que establezca tu convenio.

Pero, ¿sabes cuáles son las consecuencias de no respetar el preaviso?

La empresa podrá deducir de tu nómina un día de salario por cada uno de los días que te retrases en preavisar e, incluso, podría reclamártelo si el finiquito saliese negativo (aunque esto es menos habitual).

Eso sí, como la relación laboral sigue viva durante el tiempo de preaviso, puedes aprovechar para disfrutar en ese tiempo de tus vacaciones, si existiese acuerdo.

Y recuerda que si eres tú quién decide irse de la empresa no tendrás derecho a paro.

Si ya has presentado tu baja voluntaria, ¿te puedes retractar?
Sí, te puedes echar atrás siempre que no hayas alcanzado el último día (la fecha en que verdaderamente produce efectos).

Y recuerda que hacerlo por escrito siempre te dará más garantías.

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